Consultores Vega · Viña del Mar

Tributarios
Mensuales

Declaración y pago oportuno de IVA, PPM, retenciones y otros impuestos mensuales. Cumpla con el SII sin estrés ni multas. Servicio para empresas en Viña del Mar.

Alcance del Servicio

¿Qué incluye?

Preparación y presentación del Formulario 29 (IVA, PPM, retenciones)
Revisión de libros de compras y ventas
Cuadre y conciliación de IVA mensual
Gestión de solicitudes de devolución de IVA exportador
Declaración de retenciones de impuesto de segunda categoría
Alerta temprana de cambios en tasas y plazos
Historial organizado de declaraciones para respaldo
Nuestro Enfoque

Cómo trabajamos

El cumplimiento tributario mensual es una obligación que no admite errores ni retrasos. El SII aplica multas automáticas por declaraciones extemporáneas, y los intereses y reajustes se acumulan rápidamente. Para muchas PYMES, las multas tributarias son una pérdida evitable que impacta directamente la rentabilidad del negocio.

Consultores Vega se encarga de todas sus obligaciones tributarias mensuales: preparamos y presentamos el Formulario 29 con el detalle de IVA, Pagos Provisionales Mensuales (PPM), retenciones de segunda categoría y otros impuestos que correspondan. También revisamos los libros de compras y ventas para verificar que todos los créditos fiscales estén correctamente registrados y que los débitos sean los adecuados.

Más allá de la declaración rutinaria, nuestro servicio incluye una revisión crítica de la situación tributaria mensual de su empresa. Detectamos oportunidades de optimización del IVA, verificamos que los gastos declarados como crédito fiscal cumplan con los requisitos del artículo 23 de la Ley del IVA, y le alertamos sobre cambios normativos que puedan afectar sus obligaciones.

Para empresas exportadoras, gestionamos también las solicitudes de devolución de IVA exportador, un proceso que requiere precisión documental y conocimiento del procedimiento específico del SII.

¿Necesita tributarios mensuales?

Primera consulta sin costo. Le contactamos el mismo día hábil.

Preguntas Frecuentes

Dudas habituales

¿Cuál es el plazo para presentar el Formulario 29?
El F29 debe presentarse y pagarse hasta el día 12 del mes siguiente al período tributario (o el primer día hábil siguiente si cae en día inhábil). Para declaraciones sin pago, el plazo se extiende hasta el día 20. Las multas por extemporaneidad son del 10% del impuesto adeudado más un 1.5% mensual de interés.
¿Qué pasa si tengo IVA crédito fiscal mayor al débito?
Cuando el crédito fiscal del período es mayor que el débito, se genera un remanente de crédito fiscal que se arrastra al mes siguiente. En ciertos casos (exportadores, activos fijos) puede solicitarse devolución al SII.
¿Pueden encargarse también de las declaraciones anuales (F22)?
Nuestro servicio de tributarios mensuales cubre las obligaciones mensuales. La declaración de renta anual (F22) es parte de nuestro servicio de Auditoría Tributaria o puede contratarse como servicio independiente.
¿Qué información necesitan cada mes para preparar el F29?
Necesitamos los libros de compras y ventas del período, o acceso al sistema contable donde están registradas las facturas. Si llevamos su contabilidad, el proceso es automático ya que tenemos toda la información disponible.
¿Pueden hacer declaraciones rectificatorias si se cometió un error en meses anteriores?
Sí. Gestionamos declaraciones rectificatorias cuando se detecta que una declaración anterior tuvo errores u omisiones. Es importante regularizar estos errores cuanto antes para minimizar multas e intereses.